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Criterios económicos en el Servicio de Hogar Familiar para 2015

10 febrero, 2015

El documento recoge el salario mínimo que debe percibir el/la trabajador/a, según la jornada de trabajo; los derechos y obligaciones básicas que deben darse en la relación laboral y los tramos de cotización de la seguridad social. Para este año 2015 el Gobierno ha fijado el salario mínimo interprofesional en 648,60 €, lo que supone una subida del 0,5%.

Desde este espacio de coordinación, trabajamos para que las condiciones laborales de las personas que trabajan como empleadas de hogar mejoren y poco a poco se equiparen con el resto de trabajadores/as, no solo en obligaciones sino también en derechos. En este sentido, recordamos que según el marco legislativo actual, el Real Decreto 1620/2011, de 14 de Noviembre, y real decreto – ley 29/2012 de 28 de diciembre por el que se regula la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar, es obligatorio por parte de las familias dar de alta en la seguridad social a la trabajadora desde la primera hora de trabajo; que el contrato se haga por escrito con copia para ambas partes, así como el derecho a vacaciones retribuidas y el cobro de dos pagas extraordinarias al año.
Actualmente en la mesa de empeladas de hogar participan las siguientes entidades: Cruz Roja, Religiosas de María Inmaculada, Salamanca Acoge, HOAC, Pastoral obrera, UGT y Cáritas Diocesana de Salamanca.

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