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Día Internacional de las Empleadas de Hogar

30 marzo, 2016

Desde la Mesa de Empleadas de Hogar, perteneciente a la Plataforma Salmantina de Entidades por el Empleo, venimos celebrando este día desde el año 2009, como recordatorio de la situación de este sector en nuestro país y en concreto, en Salamanca. Hoy tendrá lugar una concentración a las 7 de la tarde en la Plaza del Liceo.

Transcurridos 4 desde la entrada en vigor del Real Decreto 1620/2011, que regula la relación laboral de carácter especial del Servicio del Hogar Familiar, las entidades que trabajamos por el reconocimiento y profesionalización del sector y las propias trabajadoras, reconocemos el avance que supuso esta normativa, destacando:
El alta en la seguridad social desde la primera hora de trabajo por parte de las familias empleadoras
La obligatoriedad de un contrato por escrito sin ningún tipo de anexo posterior por parte del empleador que vaya en detrimento de las condiciones laborales pactadas.
La cobertura de la baja por enfermedad desde el 4º día
La existencia de bonificaciones en la cuota de la seguridad social a las familias empleadoras
Pero también reivindicamos mejoras necesarias:
El derecho a cobrar prestación por desempleo: el decreto recogía la creación en ese mismo año (2012) de una comisión de expertos que valoraría el impacto que supondría a nivel económico que las empleadas de hogar accediera a este derecho. Denunciamos que esa comisión no se ha creado todavía hoy, 4 años después.
Mejoras en la regulación del trabajo de las empleadas de hogar internas: la figura de la empleada de hogar interna es cada vez más demandada por las familias para cubrir la falta de otro tipo de recursos socio sanitarios desde los que atender a sus familiares (escasez de plazas públicas en centros residenciales y listas de espera, residencias privadas con precios no asumibles por las pensiones de los ancianos, centros de día ocupacionales, etc.). Pero el decreto no establece qué salario debe percibir una empleada de hogar interna (y no puede ser el mismo que el de una empleada de hogar externa con 40 horas de trabajo), ni una jornada laboral adecuada para el tipo de trabajo que puede tener que atender la trabajadora (por ejemplo: varias personas mayores dependientes en un mismo domicilio; ancianos sin familiares directos que medien y acompañen situaciones graves; ingresos hospitalarios, recordando que el empleo doméstico se entiende como aquel que se realiza en el domicilio…)
Recordamos que el Gobierno de España sigue sin firmar el CONVENIO 189 DE LA ORGANIZACIÓN INTERNACIÓN DEL TRABAJO sobre trabajadoras doméstica. Este Convenio fue aprobado hace ya tres años, en el Conferencia Internacional de Trabajo, y en mayo de 2013 se aprobó en la Comisión de Empleo y Seguridad Social del Congreso de los Diputados, por todos los grupos parlamentarios, una proposición no de ley que instaba al Gobierno a Estudiar su ratificación en un plazo de tiempo razonable, pero esto no se ha producido. La ratificación de este Convenio supondría avanzar en la mejora y equiparación de los derechos de las trabajadoras del hogar.
Por todo ello, las entidades que formamos parte de esta mesa seguimos desarrollando una labor de información y sensibilización a las propias trabajadoras, a las familias empleadoras y a la sociedad en general, de manera que todos podamos implicarnos en la consecución y reconocimiento de todos los derechos en este sector tan necesario para muchas familias y personas individuales en nuestro territorio.

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